El gobierno de Javier Milei eliminó la ley que equiparaba los salarios de los trabajadores contratados en el Estado con aquellos que pertenecen a la planta permanente. ATE advirtió que desde el inicio de la gestión libertaria, el poder adquisitivo de los estatales cayó más del 40%.

El gobierno de Javier Milei eliminó este miércoles una norma que regía desde hacía más de 20 años y que disponía la equiparación salarial entre los trabajadores de planta de permanente del Estado y los que se desempeñan bajo la modalidad de contrato.

Así quedó plasmado en la Decisión Administrativa 26/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial con las firmas del Jefe de Gabinete, Guillermo Francos y del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

Allí, y de manera muy escueta, el gobierno libertario dispuso la derogación de "la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004".

Aquella norma, ahora derogada, establecía en su primer artículo que "el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente de la jurisdicción u organismo descentralizado contratante al que corresponda equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar. Esa remuneración será ajustada de manera directamente proporcional a la dedicación horaria que se prevea en el contrato".

De esta manera Milei y Sturzenegger apunta a desanclar los salarios de los contratados de los trabajadores que pertenecen a la planta permanente del Estado y abren la puerta a profundizar la licuación de sus salarios.

Entre los considerandos de la medida, el Gobierno advirtió que "la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, en su carácter de Autoridad de Aplicación del referido régimen, se encuentra efectuando una revisión integral de la normativa aplicable a la materia de contrataciones de personal, con la finalidad de optimizar los procesos que propendan a la mejora en la calidad de la gestión de los organismos que integran la Administración Pública Nacional".

Y sentencia luego, sin dar mayores explicaciones de los motivos, que "atento lo señalado deviene necesario derogar la Decisión Administrativa N° 3/04".